La decisión de rechazar estos dos planteos se tomó por unanimidad. Una de la de las presentaciones la había hecho la provincia de La Rioja, el otro por un particular, este caso el abogado Jorge Rizzo.
Según la Corte Suprema de Justicia de la Nación las presentaciones por parte del gobierno de la provincia de La Rioja y por el abogado Jorge Rizzo, titular de la asociación civil “Gente de Derecho”, el máximo tribunal consideró que no había “caso concreto”, “causa” o “controversia”.
En relación al planteo presentado por el gobernador riojano, Ricardo Clemente Quintela, la Corte entendió que “la provincia no ha puesto a consideración del Tribunal una causa, asunto o caso contencioso cuya decisión corresponda a los tribunales de la Nación de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Constitución y 2° de la ley 27”.
El Máximo Tribunal estableció así que “la discusión sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las leyes y, en general, de los actos de las otras dos ramas de gobierno no es por sí misma una cuestión sobre la que deban opinar los tribunales nacionales”. “Sólo deben hacerlo cuando es necesario examinar el tema para decidir una causa que verse sobre puntos regidos por la Constitución, los tratados y las leyes nacionales, a requerimiento de parte interesada”, observó la Corte en este fallo.