Los tres ministros de la Corte Suprema afirmaron en un comunicado ser víctimas de “odio” y “descalificaciones”

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El sorprendente fallo que la Corte Suprema de Justicia de la Nación que dio a conocer ayer sobre el artículo 145 del DNU 70/2023 sobre la venta indiscriminada de tierras a extranjeros, despertó la indignación de una enorme porción de la sociedad. Hoy la CSJN emitió un comunicado donde afirma que solo resolvió solo “un aspecto procesal” y “no afecta a otras medidas cautelares”.

El enorme repudió que recibió la Corte Suprema decanto en un hecho extraordinario, que los ministros emitan un comunicado donde casi se desligan de la decisión que tomaron argumentando que no trataron la inconstitucionalidad, sino la falta de legitimación, en este caso del CECIM, para presentar una cautelar sobre este tema.

Lo real es que el efecto inmediato que dejó el fallo es la habilitación inmediatamente para la venta indiscriminada de tierras a cualquier persona física o empresa extranjera.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti señalaron en este comunicado que el fallo del día de ayer «tampoco impide que toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional, peticione una medida cautelar, cuya procedencia decidirá un juez competente».

El trío supremo afirmó: «La Corte ha ejercido un liderazgo en la a protección de los recursos naturales, el ambiente y los bienes colectivos durante muchos años y no es conveniente intentar confundir a la población en este aspecto. La crítica es correcta; la descalificación y el odio sólo deterioran las instituciones y la democracia».

Legisladores nacionales dieron a conocer rápidamente que se activarían todos los resortes institucionales necesarios para derogar el artículo del DNU 70/2023 que firmara Javier Milei en el inicio de su gestión al frente del ejecutivo nacional.

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