¿Cuánto daña a la clase trabajadora la Ley de Bases?

Compartir

Hoy es un día bisagra, un punto de inflexión en nuestra historia, le tocará al Senado de la Nación dar vuelta una página y abrir un nuevo ciclo en el país, que por nuevo no significa que sea mejor.

El 56% de los votos obtenido por la lista que encabezó el actual gobierno de Javier Milei en la segunda vuelta ante el candidato de Unión Por la Patria, Sergio Massa, es la endeble base para una reforma constitucional “encubierta”, primero con el DNU 70/2023, y este posterior proyecto de Ley de Bases.

Pero cuánto daña este proyecto a la clase trabajadora es la pregunta y por esta, te dejamos aquí los 10 puntos que reforman el marco laboral que hoy contiene a todas y todos los argentinos.

Blanqueo Laboral

Si estás en negro, con esta ley el empleador podrá legalizar tu trabajo, sin pagar multa alguna y reconociendo solo los últimos 5 años de aportes calculados sobre el monto del salario mínimo, vital y móvil, a los fines de reconocimiento para su jubilación».

Fondo de cese laboral

En el artículo 93 de la reforma, se habilita que, a través de convenios colectivos de trabajo, se reemplacen las indemnizaciones por despido por la constitución de un fondo o sistema de cese laboral.

Ampliación del periodo de prueba

Propone extender a 6 meses el tiempo periodo de prueba. Se puede ampliar hasta 8 meses en empresas de entre 6 y 100 trabajadores y hasta 1 año en empresas de menor tamaño. Durante ese tiempo, el trabajador puede ser despedido sin causa y sin indemnización.

Eliminación de Sanciones por no registro de empleados

Propone eliminar las indemnizaciones para los empleadores que no registran una relación laboral o lo hacen con un salario menor o fecha posterior a la real.

Facilidades para ocultar relaciones laborales

Se incorporan medidas que permiten que las relaciones laborales. Por ejemplo, contratar empleados bajo la modalidad de colaboradores o de contratos de locación.

Tercerización laboral

Se elimina la prohibición a los empleadores de contratar a través de empresas de servicios temporarios o agencias de colocación en el caso del trabajo agrario. En todos los casos, los empleados se considerarán parte de las empresas intermediarias y no para las que presten servicios.

Limitación del derecho a la acción colectiva

Se incorporan como motivo de despido las diferentes acciones que pueda llevar a cabo por un conflicto colectivo en la empresa. Por ejemplo, participar en bloqueos o tomas de establecimientos; obstrucción del ingreso o egreso al establecimiento y la afectación de la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza.

Funcionamiento de sindicatos

El artículo 84 excluye a las asociaciones sindicales como posibles denunciantes de la falta de registración de las relaciones laborales, dejando esto solo en manos del trabajador.

Licencia por embarazo

En la legislación vigente, la licencia por embarazo es de 90 días, 45 días antes del parto y 45 días con posterioridad. En la reforma laboral se modifica la licencia y la prohibición de trabajar se reduce a 10 días previos al parto.

Empleo público

La reforma laboral elimina la participación y el control de los trabajadores en los procesos concurso para acceder a cargos en la administración pública; prohíbe realizar tareas vinculadas a campañas electorales o partidarias durante el horario de trabajo y se limita el derecho a huelga al descontarse la remuneración proporcional al tiempo no trabajado.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *